En cuanto a los supuestos obstáculos a la expulsión de los islamistas de Suecia

Recientemente, seis imames radicales fueron puestos en libertad tras ser detenidos por orden de la Policía de Seguridad sueca porque se consideran una amenaza real y permanente para la seguridad nacional de Suecia. Se afirma que la razón por la que fueron liberados es que no pueden ser deportados a sus países de origen porque podrían ser maltratados allí y que esto está respaldado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Refugiados.

Es cierto que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Refugiados en el Artículo 33 párrafo 1 estipula que la deportación no debe llevarse a cabo "si la vida o la libertad del individuo está amenazada", sino que al mismo tiempo, el párrafo 2 del mismo artículo estipula que las personas que considerada una amenaza para la seguridad de la nación o que han cometido otro delito grave no tiene derecho a exponer las razones enumeradas en el párrafo 1!

Por lo tanto, es una mentira descarada decir que bajo ninguna circunstancia debería ser posible expulsar a los extremistas a pesar de que la persona "puede ser maltratada" en los países a los que son expulsados.

Artículo 33 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Refugiados:

  1. Ningún Estado contratante expulsará o devolverá de ninguna manera a un refugiado a las fronteras de los territorios en los que su vida o libertad se ven amenazadas por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o opinión política.
  2. Sin embargo, el beneficio de la presente disposición no puede ser reclamado por un refugiado que existan motivos razonables para considerar como un peligro para la seguridad del país en el que se encuentra, o que, después de haber sido condenado por una sentencia firme de un delito particularmente grave , constituye un peligro para la comunidad de ese país.

Es probablemente esta sección (2) que Dinamarca utiliza con éxito para expulsar a "sus" extremistas del territorio danés y nada más y nada menos que los sospechosos habituales se han quejado hasta ahora. Sin embargo, el Departamento de Justicia sueco, la Agencia de Migración, el poder judicial, los periodistas y los políticos parlamentarios optan por no ver la sección 2, ya que contradice la base de valor "sagrado" de la "gran potencia humanitaria" y, por lo tanto, no encaja en la imagen de Suecia como un paraíso humanitario e infinitamente tolerante y una sociedad ideal.

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